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BIOCIDAS

El Reglamento (UE) nº 528/2012, Reglamento sobre biocidas, regula la comercialización y el uso los mismos. Todos los biocidas requieren una autorización para poder comercializarlos y las sustancias activas que contienen deben estar aprobadas con anterioridad.

 

Tipos de biocidas:

Grupo principal 1: DESINFECTANTES (TP1-TP5)

Grupo principal 2: CONSERVANTES (TP6-TP13)

Grupo principal 3: PLAGUICIDAS (TP14-TP20)

Grupo principal 4: OTROS BIOCIDAS (TP20-TP22)

En función del grupo al que pertenezca, el agente competente que lo regula es diferente. De este modo:

REGISTRO DE BIOCIDAS ANTE AEMPS

De este modo, existen una serie de biocidas que, por su finalidad, son competencia de la Agencia Española del Medicamento. Dentro de estos encontramos:

 

  1. Tipo de producto 1. Biocidas para la higiene humana Los antisépticos de piel sana.
  2. Tipo de producto 2. Desinfectantes utilizados en los ámbitos de la salud pública: los desinfectantes de ámbito sanitario.
  3. Tipo de producto 19.  Repelentes para la higiene humana.

 

Cualquier biocida incluido dentro de una de alguna de las anteriores categorías deberá ser registrado en la aplicación facilitada por la AEMPS. Desde Burotec, podremos ayudarle tanto en la clasificación de su producto como en el trámite y documentación necesaria para el registro del mismo.

REGISTRO DE BIOCIDAS ANTE MINISTERIO DE INDUSTRIA

El resto de biocidas no incluidos en los anteriores apartados son competencia del Ministerio de Industria, que deben registrarse en el portal habilitado para ello, debiendo disponer el producto de documentación técnica necesaria.

Nuestros expertos en esta materia podrán acompañarle en todo el proceso de registro, así como en la elaboración de la documentación que su producto necesite para estar en concordancia con la legislación vigente.

  • ELABORACIÓN DE EXPEDIENTES
  • REDACCIÓN DE FICHAS DE SEGURIDAD
  • REVISIÓN DE ETIQUETADOS
  • REQUISITOS MÍNIMOS DE CALIDAD